21/03/24

Daniel Puerto ha informado sobre los dos tipos de procedimientos que debe gestionar la ciudadanía para poder instalar placas fotovoltaicas en sus viviendas.

Si la vivienda se sitúa en el casco urbano, es necesario presentar la nota simple de la vivienda, el informe técnico que normalmente realiza la empresa instaladora, el formulario de declaración responsable del Ayuntamiento  (URB 9-DR INSTALACIONES) y el pago de la tasa correspondiente. En este caso, no haría falta esperar respuesta del Ayuntamiento puesto que no es necesaria la licencia urbanística.

En el caso de zonas rurales y una pequeña parte del casco urbano que se encuentra protegido por Patrimonio, SÍ ES IMPRESCINDIBLE disponer de licencia administrativa por lo que la persona interesada deberá presentar la documentación solicitada, abonar la tasa municipal y esperar la respuesta afirmativa del Ayuntamiento para poder empezar la instalación.

Desde el departamento de Urbanismo se facilita una pequeña guía informativa: Guia instalaciones solares

Y ante cualquier duda, se puede contactar con el Ayuntamiento de L a V, en horario de 8.30h a 14h. Tlf. 966.91.99.00