Recordatorio del periodo de prohibición de quemas agrícola en Semana Santa y Pascua

26/03/24

Conforme a lo establecido en la Orden vigente de 2 de marzo de 2005, así como lo dispuesto en el Plan Local de Quemas de Aspe,  para el periodo comprendido entre el Jueves Santo y el lunes inmediatamente siguiente al lunes de Pascua, conocido tradicionalmente como Lunes de San Vicente, es decir, del 28 de Marzo al 8 de Abril (ambos incluidos), quedas prohibidas como medida precautoria general  en los terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de aquellos, las acciones o actividades siguientes:

  • La quema de márgenes de cultivos o de restos agrícolas o forestales
  • La quema de cañares, carrizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganaderos, cinegético o de cualquier otro tipo.
  • Operaciones de destilación de plantas aromáticas