En relación con las dudas suscitadas tras la resolución de la Consellería de Sanidad por la cual se SUSPENDEN o RESTRINGEN los servicios de:
– Hostelería, ocio y entretenimiento, Centros de mayores y festeros, Actividad recreativas y de Azar, y servicios deportivos, se puntualizan que NO SE ENCUENTRAN DENTRO de las suspensiones y restricciones, las actividades formativas, de prestación de servicios profesionales y sanitarias, como pueden ser:
– Academias de formación, autoescuelas, Logopedas, Dietistas, Veterinarios, Dentistas, consultas médicas, Bufetes de Abogados, Asesorías, Esteticien, Maquilladores, Peluquerías, Manicuras, Talleres de cualquier tipo.
Ello sin perjuicio de que le sean de aplicación las limitaciones generales relativas al toque de queda, aforos y número de personas en reuniones.
Concejalía de Comunicación.